LEGISLADORES CREARÁN LA DEFENSORÍA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES EN LA PROVINCIA

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En pocos días, la Defensoría de niños, niñas y adolescentes, será una realidad en la Provincia. Este hecho es un logro del trabajo interdisciplinario entre los tres poderes del Estado. Será un espacio autónomo y autárquico, que tendrá el objetivo de resguardar los derechos y garantías de las generaciones más jóvenes. La legisladora Andrea Freites, adelantó que la iniciativa será Ley en la próxima sesión ordinaria y celebró las gestiones efectuadas junto a los Parlamentarios de los diferentes bloques políticos que integran la Cámara fueguina.

Freites contó que la semana pasada, se realizó un plenario, de las Comisiones de Legislación General Nº 1 y de Economía Nº 2, para culminar el debate en torno al proyecto de Ley. En ese encuentro se alcanzó el dictamen, situación que permitirá que la iniciativa se transforme en Ley, próximamente.

“Trabajamos con el ministro de Desarrollo Humano, Marcelo Maciel; con el ministro Jefe de Gabinete, Agustín Tita, con las y los Legisladores con quienes elaboramos un escrito muy interesante y también con las áreas pertinentes del Poder Judicial”, exaltó la referente del bloque del FdT-PJ.

En tanto, señaló que el organismo tendrá sede en Ushuaia donde se ubicará la oficina central, y se prevé nombrar dos defensores adjuntos, que cumplirán funciones en Río Grande y Tolhuin.

La iniciativa hace una reseña del plexo normativo nacional y provincial en materia de minoridad, en particular sobre la Ley provincial N° 521 – Protección integral de los derechos de niños, niñas, adolescentes y sus familias. Además refiere a la Ley provincial N° 110 de creación del sistema judicial fueguino, cuando da jurisdicción a los juzgados de minoridad y Familia.

Cabe destacar que se recuerda la promulgación, en 2005, de la Ley nacional N° 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, y crea un sistema, en la jurisdicción nacional, de similares características al que dispone la Ley local, en cuanto a la definición de los órganos administrativos de protección de derechos.

El proyecto de Ley establece las funciones; la realización de informes a cada período legislativo; la integración de un defensor y 2 adjuntos; los requisitos para integrarlo; la duración en sus cargos; la designación mediante tribunal Ad Hoc; la remuneración; las incompatibilidades para integrarlo; el cese en sus funciones y presupuesto, entre otros puntos.

Entre los objetivos puntuales que persigue la normativa, se encuentran: La protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes que se encuentren en el territorio de la Provincia, para garantizar el ejercicio y disfrute pleno, efectivo y permanente de aquellos derechos reconocidos en el ordenamiento jurídico local, nacional y en los tratados internacionales en los que la Nación sea parte; coordinar acciones con la Defensoría Nacional de niñas, niños y adolescentes con efectos en la población de la Provincia; actuar en forma coordinada y conjunta con las instituciones provinciales y municipales vinculadas a las niñas, niños y adolescentes; intervenir en casos en los cuales no se haya obtenido respuesta en los ámbitos administrativos creados por la Ley provincial N° 521.